Detalles
Documento oficial que expide el Ayuntamiento a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano Ecología y Medio Ambiente por medio del cual autoriza el derribo de manera planificada de un edificio, construcción en pie o elementos que la compongan, ya sea mediante maquinaria, explosivos, manualmente o combinando cualesquiera de estos procedimientos, siempre siguiendo los lineamientos indicados en la normativa vigente.
| Dependencia | Presidencia Municipal de Guadalupe |
| Dirigido a | Todo poseedores de predios urbanos edificados y/o baldíos estarán sujetos a cubrir una cuota anual del 10.5% del importe del impuesto predial, por concepto de aseo, recolección de basura y desechos sólidos |
| Documento que obtiene el usuario | Constancia |
| Medio de presentación del trámite o servicio | Ventanilla |
Descripción
Presentar en ventanilla
1.- Presentar solicitud por escrito, debidamente firmada, incluyendo la declaración de protesta de decir vedad de cumplir con la Ley, este Reglamento General y demás disposiciones aplicables;
2.- Constancia de compatibilidad urbanística Estatal y Municipal (en su caso). Cumplir con cada uno de los puntos que de ellas deriven.
3.- Escritura pública, escritura privada, Título Parcelario, Título de Solar Urbano, Título de Fraccionamiento, Certificado Parcelario o Constancia de Posesión;
4.- Copia de pago impuesto predial del año en curso
5.- Número oficial vigente (copia de comprobante de domicilio de Jiapaz o Cfe) de lo contrario deberá tramitarlo en esta Secretaría.
6.- Programa detallado de demolición en que se indicará el orden en que se demolerá cada uno de los elementos de la construcción, así como los mecanismos que se emplearán en la maniobra. Igualmente, con base en el diseño estructural de la edificación se señalarán las medidas de seguridad que deberán observar los trabajadores. Para llevar a cabo la demolición deberá cumplirse con lo estipulado en el presente Reglamento General en lo relativo a las medidas de seguridad.
7.- Las demoliciones de locales construidos o edificaciones con un área mayor de 60.00 metros cuadrados o de 3 o más niveles de altura, deberán contar con un Director Responsable de Obra y un Corresponsable de Obra
- Interesado
Requisitos
Presentar en ventanilla:
- Presentar solicitud por escrito, debidamente firmada, incluyendo la declaración de protesta de decir vedad de cumplir con la Ley, este Reglamento General y demás disposiciones aplicables.
- Constancia de compatibilidad urbanística Estatal y Municipal (en su caso). Cumplir con cada uno de los puntos que de ellas deriven.
- Escritura pública, escritura privada, Título Parcelario, Título de Solar Urbano, Título de Fraccionamiento, Certificado Parcelario o Constancia de Posesión.
- Copia de pago impuesto predial del año en curso
- Número oficial vigente (copia de comprobante de domicilio de Jiapaz o Cfe) de lo contrario deberá tramitarlo en esta Secretaría.
- Programa detallado de demolición en que se indicará el orden en que se demolerá cada uno de los elementos de la construcción, así como los mecanismos que se emplearán en la maniobra. Igualmente, con base en el diseño estructural de la edificación se señalarán las medidas de seguridad que deberán observar los trabajadores. Para llevar a cabo la demolición deberá cumplirse con lo estipulado en el presente Reglamento General en lo relativo a las medidas de seguridad.
- Las demoliciones de locales construidos o edificaciones con un área mayor de 60.00 metros cuadrados o de 3 o más niveles de altura, deberán contar con un Director Responsable de Obra y un Corresponsable de Obra
A.- Cuando se trate de obras o instalaciones ubicadas en sitios y monumentos históricos contemplados en la Ley Federal y la Ley de Protección, se requerirá la autorización previa del INAH y la Junta, dentro del ámbito de su respectiva competencia,
De existir alguna observación se le informa al ciudadano para que subsane lo indicado.
Presencial
Presentar en ventanilla:
- Presentar solicitud por escrito, debidamente firmada, incluyendo la declaración de protesta de decir vedad de cumplir con la Ley, este Reglamento General y demás disposiciones aplicables.
- Constancia de compatibilidad urbanística Estatal y Municipal (en su caso). Cumplir con cada uno de los puntos que de ellas deriven.
- Escritura pública, escritura privada, Título Parcelario, Título de Solar Urbano, Título de Fraccionamiento, Certificado Parcelario o Constancia de Posesión.
- Copia de pago impuesto predial del año en curso
- Número oficial vigente (copia de comprobante de domicilio de Jiapaz o Cfe) de lo contrario deberá tramitarlo en esta Secretaría.
- Programa detallado de demolición en que se indicará el orden en que se demolerá cada uno de los elementos de la construcción, así como los mecanismos que se emplearán en la maniobra. Igualmente, con base en el diseño estructural de la edificación se señalarán las medidas de seguridad que deberán observar los trabajadores. Para llevar a cabo la demolición deberá cumplirse con lo estipulado en el presente Reglamento General en lo relativo a las medidas de seguridad.
- Las demoliciones de locales construidos o edificaciones con un área mayor de 60.00 metros cuadrados o de 3 o más niveles de altura, deberán contar con un Director Responsable de Obra y un Corresponsable de Obra
A.- Cuando se trate de obras o instalaciones ubicadas en sitios y monumentos históricos contemplados en la Ley Federal y la Ley de Protección, se requerirá la autorización previa del INAH y la Junta, dentro del ámbito de su respectiva competencia,
De existir alguna observación se le informa al ciudadano para que subsane lo indicado.
En línea
https://guadalupe.licenciaszac.net
Enumere las acciones que el usuario tiene que hacer para realizar el trámite de esta forma.
Adjuntar en Pdf los siguientes documentos:
- Presentar solicitud por escrito, debidamente firmada, incluyendo la declaración de protesta de decir vedad de cumplir con la Ley, este Reglamento General y demás disposiciones aplicables;
- Constancia de compatibilidad urbanística Estatal y Municipal (en su caso). Cumplir con cada uno de los puntos que de ellas deriven.
- Escritura pública, escritura privada, Título Parcelario, Título de Solar Urbano, Título de Fraccionamiento, Certificado Parcelario o Constancia de Posesión;
- Copia de pago impuesto predial del año en curso
- Número oficial vigente (copia de comprobante de domicilio de Jiapaz o Cfe) de lo contrario deberá tramitarlo en esta Secretaría.
- Programa detallado de demolición en que se indicará el orden en que se demolerá cada uno de los elementos de la construcción, así como los mecanismos que se emplearán en la maniobra. Igualmente, con base en el diseño estructural de la edificación se señalarán las medidas de seguridad que deberán observar los trabajadores. Para llevar a cabo la demolición deberá cumplirse con lo estipulado en el presente Reglamento General en lo relativo a las medidas de seguridad.
- Las demoliciones de locales construidos o edificaciones con un área mayor de 60.00 metros cuadrados o de 3 o más niveles de altura, deberán contar con un Director Responsable de Obra y un Corresponsable de Obra
A.- Cuando se trate de obras o instalaciones ubicadas en sitios y monumentos históricos contemplados en la Ley Federal y la Ley de Protección, se requerirá la autorización previa del Inah y la Junta, dentro del ámbito de su respectiva competencia.
De existir alguna observación se le informa al ciudadano para que subsane lo indicado por el mimo medio.
Costos
6.7257 Uma Artículo 93 Fracción X de la Ley de Ingresos del Municipio de Guadalupe Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2024. 6.7257x 108.57=730.209249
El pago se realiza posterior a la resolución.
Medios de Pago:
En las oficinas de la dependencia
Dirección. Av. Colegio Militar #96 Ote. Col. Centro, Gpe. Zac.
Tiempo
El plazo del Sujeto Obligado para resolver es de 30 días hábiles.
Presidencia Municipal de Guadalupe
Av. H. colegio Militar 96 Oriente
Colonia Guadalupe Centro
Guadalupe, Zacatecas
Tel. 01 492 354 92, 93, 94 EXT 326
Abierto al Público : Lunes a Viernes de 8:00 am – 3:30 pm
Información Relevante
Personas relacionadas
Vigencia
Criterios de Resolución
Fundamento legal de Información General
| Nombre | Ley de Ingresos del Municipio de Guadalupe, Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2023. |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 31-12-2022 |
| Fecha de entrada en vigor | 01-01-2023 |
| Artículo | 93 |
| Fracción | x |
Fundamento legal de Plazos
Plazo del Sujeto Obligado para resolver
| Nombre | Ley de Procedimientos del Estado de Zacatecas |
| Tipo | Ley |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 03-01-2011 |
| Fecha de entrada en vigor | 04-01-2011 |
| Artículo | 34 |
