Detalles

Documento oficial que expide el Ayuntamiento a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano Ecología y Medio Ambiente por medio del cual autoriza el derribo de manera planificada de un edificio, construcción en pie o elementos que la compongan, ya sea mediante maquinaria, explosivos, manualmente o combinando cualesquiera de estos procedimientos, siempre siguiendo los lineamientos indicados en la normativa vigente.

DependenciaPresidencia Municipal de Guadalupe
Dirigido aTodo poseedores de predios urbanos edificados y/o baldíos estarán sujetos a cubrir una cuota anual del 10.5% del importe del impuesto predial, por concepto de aseo, recolección de basura y desechos sólidos
Documento que obtiene el usuarioConstancia
Medio de presentación del trámite o servicioVentanilla

Descripción

 
Enumere las acciones que el usuario tiene que hacer para realizar el trámite de esta forma.
Presentar en ventanilla

1.- Presentar solicitud por escrito, debidamente firmada, incluyendo la declaración de protesta de decir vedad de cumplir con la Ley, este Reglamento General y demás disposiciones aplicables;
2.- Constancia de compatibilidad urbanística Estatal y Municipal (en su caso). Cumplir con cada uno de los puntos que de ellas deriven.
3.- Escritura pública, escritura privada, Título Parcelario, Título de Solar Urbano, Título de Fraccionamiento, Certificado Parcelario o Constancia de Posesión;
4.- Copia de pago impuesto predial del año en curso
5.- Número oficial vigente (copia de comprobante de domicilio de Jiapaz o Cfe) de lo contrario deberá tramitarlo en esta Secretaría.
6.- Programa detallado de demolición en que se indicará el orden en que se demolerá cada uno de los elementos de la construcción, así como los mecanismos que se emplearán en la maniobra. Igualmente, con base en el diseño estructural de la edificación se señalarán las medidas de seguridad que deberán observar los trabajadores. Para llevar a cabo la demolición deberá cumplirse con lo estipulado en el presente Reglamento General en lo relativo a las medidas de seguridad.
7.- Las demoliciones de locales construidos o edificaciones con un área mayor de 60.00 metros cuadrados o de 3 o más niveles de altura, deberán contar con un Director Responsable de Obra y un Corresponsable de Obra
 
A.- Cuando se trate de obras o instalaciones ubicadas en sitios y monumentos históricos contemplados en la Ley Federal y la Ley de Protección, se requerirá la autorización previa del Inah y la Junta, dentro del ámbito de su respectiva competencia,
 
De existir alguna observación se le informa al ciudadano para que subsane lo indicado.
 
¿Quién puede solicitarlo?
 
    • Interesado
Tipo de trámite
Autorización
 

Requisitos 

Presentar en ventanilla:

    • Presentar solicitud por escrito, debidamente firmada, incluyendo la declaración de protesta de decir vedad de cumplir con la Ley, este Reglamento General y demás disposiciones aplicables.
    • Constancia de compatibilidad urbanística Estatal y Municipal (en su caso). Cumplir con cada uno de los puntos que de ellas deriven.
    • Escritura pública, escritura privada, Título Parcelario, Título de Solar Urbano, Título de Fraccionamiento, Certificado Parcelario o Constancia de Posesión.
    • Copia de pago impuesto predial del año en curso
    • Número oficial vigente (copia de comprobante de domicilio de Jiapaz o Cfe) de lo contrario deberá tramitarlo en esta Secretaría.
    • Programa detallado de demolición en que se indicará el orden en que se demolerá cada uno de los elementos de la construcción, así como los mecanismos que se emplearán en la maniobra. Igualmente, con base en el diseño estructural de la edificación se señalarán las medidas de seguridad que deberán observar los trabajadores. Para llevar a cabo la demolición deberá cumplirse con lo estipulado en el presente Reglamento General en lo relativo a las medidas de seguridad.
    • Las demoliciones de locales construidos o edificaciones con un área mayor de 60.00 metros cuadrados o de 3 o más niveles de altura, deberán contar con un Director Responsable de Obra y un Corresponsable de Obra

A.- Cuando se trate de obras o instalaciones ubicadas en sitios y monumentos históricos contemplados en la Ley Federal y la Ley de Protección, se requerirá la autorización previa del INAH y la Junta, dentro del ámbito de su respectiva competencia,

De existir alguna observación se le informa al ciudadano para que subsane lo indicado.

    •  

Presencial

Presentar en ventanilla:

    • Presentar solicitud por escrito, debidamente firmada, incluyendo la declaración de protesta de decir vedad de cumplir con la Ley, este Reglamento General y demás disposiciones aplicables.
    • Constancia de compatibilidad urbanística Estatal y Municipal (en su caso). Cumplir con cada uno de los puntos que de ellas deriven.
    • Escritura pública, escritura privada, Título Parcelario, Título de Solar Urbano, Título de Fraccionamiento, Certificado Parcelario o Constancia de Posesión.
    • Copia de pago impuesto predial del año en curso
    • Número oficial vigente (copia de comprobante de domicilio de Jiapaz o Cfe) de lo contrario deberá tramitarlo en esta Secretaría.
    • Programa detallado de demolición en que se indicará el orden en que se demolerá cada uno de los elementos de la construcción, así como los mecanismos que se emplearán en la maniobra. Igualmente, con base en el diseño estructural de la edificación se señalarán las medidas de seguridad que deberán observar los trabajadores. Para llevar a cabo la demolición deberá cumplirse con lo estipulado en el presente Reglamento General en lo relativo a las medidas de seguridad.
    • Las demoliciones de locales construidos o edificaciones con un área mayor de 60.00 metros cuadrados o de 3 o más niveles de altura, deberán contar con un Director Responsable de Obra y un Corresponsable de Obra

A.- Cuando se trate de obras o instalaciones ubicadas en sitios y monumentos históricos contemplados en la Ley Federal y la Ley de Protección, se requerirá la autorización previa del INAH y la Junta, dentro del ámbito de su respectiva competencia,

De existir alguna observación se le informa al ciudadano para que subsane lo indicado.

 

En línea

https://guadalupe.licenciaszac.net

Enumere las acciones que el usuario tiene que hacer para realizar el trámite de esta forma.
Adjuntar en Pdf los siguientes documentos:

    • Presentar solicitud por escrito, debidamente firmada, incluyendo la declaración de protesta de decir vedad de cumplir con la Ley, este Reglamento General y demás disposiciones aplicables;
    • Constancia de compatibilidad urbanística Estatal y Municipal (en su caso). Cumplir con cada uno de los puntos que de ellas deriven.
    • Escritura pública, escritura privada, Título Parcelario, Título de Solar Urbano, Título de Fraccionamiento, Certificado Parcelario o Constancia de Posesión;
    • Copia de pago impuesto predial del año en curso
    • Número oficial vigente (copia de comprobante de domicilio de Jiapaz o Cfe) de lo contrario deberá tramitarlo en esta Secretaría.
    • Programa detallado de demolición en que se indicará el orden en que se demolerá cada uno de los elementos de la construcción, así como los mecanismos que se emplearán en la maniobra. Igualmente, con base en el diseño estructural de la edificación se señalarán las medidas de seguridad que deberán observar los trabajadores. Para llevar a cabo la demolición deberá cumplirse con lo estipulado en el presente Reglamento General en lo relativo a las medidas de seguridad.
    • Las demoliciones de locales construidos o edificaciones con un área mayor de 60.00 metros cuadrados o de 3 o más niveles de altura, deberán contar con un Director Responsable de Obra y un Corresponsable de Obra

A.- Cuando se trate de obras o instalaciones ubicadas en sitios y monumentos históricos contemplados en la Ley Federal y la Ley de Protección, se requerirá la autorización previa del Inah y la Junta, dentro del ámbito de su respectiva competencia.

De existir alguna observación se le informa al ciudadano para que subsane lo indicado por el mimo medio.

Costos

 

6.7257 Uma Artículo 93 Fracción X de la Ley de Ingresos del Municipio de Guadalupe Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2024. 6.7257x 108.57=730.209249

El pago se realiza posterior a la resolución.

 

Medios de Pago:

En las oficinas de la dependencia

Dirección. Av. Colegio Militar #96 Ote. Col. Centro, Gpe. Zac.

 

Tiempo

El plazo del Sujeto Obligado para resolver es de 30 días hábiles.

 

 

Presidencia Municipal de Guadalupe
Av. H. colegio Militar 96 Oriente
Colonia Guadalupe Centro
Guadalupe, Zacatecas
Tel. 01 492 354 92, 93, 94 EXT 326
Abierto al Público : Lunes a Viernes de 8:00 am – 3:30 pm

Información Relevante

Personas relacionadas

Vigencia

Criterios de Resolución

Fundamento legal de Información General
NombreLey de Ingresos del Municipio de Guadalupe, Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2023.
Fecha de última actualización en el DOF / POGZ31-12-2022
Fecha de entrada en vigor01-01-2023
Artículo93
Fracciónx
Fundamento legal de Plazos

Plazo del Sujeto Obligado para resolver

NombreLey de Procedimientos del Estado de Zacatecas
TipoLey
Fecha de última actualización en el DOF / POGZ03-01-2011
Fecha de entrada en vigor04-01-2011
Artículo34