Detalles
Trámite que emite mediante licencia de construcción el Ayuntamiento a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano Ecología y Medio Ambiente a solicitud del propietario, poseedor o Director Responsable de Obra a través del cual se le permite el uso, ocupación y aprovechamiento de la vía pública por medio de la colocación de infraestructura subterránea para la transmisión de energía eléctrica o de telecomunicaciones.
| Dependencia | Presidencia Municipal de Guadalupe |
| Dirigido a | Todo poseedores de predios urbanos edificados y/o baldíos estarán sujetos a cubrir una cuota anual del 10.5% del importe del impuesto predial, por concepto de aseo, recolección de basura y desechos sólidos |
| Documento que obtiene el usuario | Inicio de Licencia, Padrón Municipal Y Compatibilidad Urbanística y/o Uso de suelo |
| Medio de presentación del trámite o servicio | Ventanilla |
Descripción
A solicitud del propietario, poseedor o Director Responsable de Obra a través del cual se le permite el uso, ocupación y aprovechamiento de la vía pública por medio de la colocación de infraestructura subterránea para la transmisión de energía eléctrica o de telecomunicaciones.
¿Quién puede solicitarlo?
- Interesado
Observaciones: Propietario, poseedor o Director Responsable de Obra.
Tipo de trámite
Autorización
Observaciones: El uso, ocupación y aprovechamiento de la vía pública por medio de la colocación de infraestructura subterránea para la transmisión de energía eléctrica o de telecomunicaciones
Presencial
1.- Solicitud por escrito, debidamente firmada, incluyendo la declaración de protesta de decir vedad de cumplir con la Ley, este Reglamento General y demás disposiciones aplicables;
2.- Copia del acta constitutiva de la empresa que realizará los trabajos.
3.-Visto bueno del Departamento de Fraccionamientos.
4.- Tres copias del proyecto.
A.- planos y detalles con especificaciones;
5.-Deberán presentar 4 copias de la Ficha técnica de identificación proporcionada y firmada por el Director Responsable de Obra y Corresponsable.
En casos especiales:
A.- Certificación de zona federal derecho de vía para cauces de arroyos y cuerpos de agua, líneas de conducción de energía eléctrica, agua potable, alcantarillado, ductos, fibra óptica y otras que deban delimitar una zona de resguardo evitando su invasión;
B.- Cuando se trate de obras o instalaciones ubicadas en sitios y monumentos históricos contemplados en la Ley Federal y la Ley de Protección, se requerirá la autorización previa del Inah y la Junta, dentro del ámbito de su respectiva competencia,
De existir alguna observación se le informa al ciudadano para que subsane lo indicado.
Telefónica
+52 (492) 923-5492
Solo información
Costos
El pago se realiza posterior a la resolución.
En las oficinas de la dependencia
Avenida Colegio Militar Num,96 Oriente centro C.P: 96015
Guadalupe Zacatecas
Tiempo
El plazo del Sujeto Obligado para resolver es de 30 días naturales.
Presidencia Municipal de Guadalupe
Av. H. colegio Militar 96 Oriente
Colonia Guadalupe Centro
Guadalupe, Zacatecas
Tel. 01 492 354 92, 93, 94 EXT 326
Abierto al Público : Lunes a Viernes de 8:00 am – 3:30 pm
Información Relevante
Personas relacionadas
Vigencia
Criterios de Resolución
Fundamento legal de Información General
| Nombre | Ley de Construcción para el Estado y Municipios de Zacatecas |
| Ámbito | Estatal |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 01-06-2016 |
| Fecha de entrada en vigor | 02-06-2016 |
| Artículo | Artículo 15 Fracción III |
Fundamento legal de Inspección
| Nombre | Ley de Procedimientos del Estado de Zacatecas |
| Tipo | Ley |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 03-01-2011 |
| Fecha de entrada en vigor | 04-01-2011 |
| Artículo | Artículo 34 de la |
