Detalles
Se autoriza la Instalación de obras de infraestructura y equipamiento o la construcción en las modalidades de obra nueva, edificación, modificación, ampliación, conservación, reparación, reacondicionamiento, restauración, remodelación, reconstrucción, rehabilitación, uso, mantenimiento y demolición de construcciones definitivas o temporales; siempre en cumplimiento de las Leyes, Reglamentos y demás normativa vigente aplicable.
| Dependencia | Presidencia Municipal de Guadalupe |
| Dirigido a | Todo poseedores de predios urbanos edificados y/o baldíos estarán sujetos a cubrir una cuota anual del 10.5% del importe del impuesto predial, por concepto de aseo, recolección de basura y desechos sólidos |
| Documento que obtiene el usuario | Inicio de Licencia, Padrón Municipal y Compatibilidad Urbanística y/o Uso de Suelo |
| Medio de presentación del trámite o servicio | Ventanilla |
Descripción
- Interesado
Requisitos
- Enumere las acciones que el usuario tiene que hacer para realizar el trámite de esta forma. Presentar en ventanilla I. Presentar solicitud por escrito, debidamente firmada, incluyendo la declaración de protesta de decir vedad de cumplir con la Ley, este Reglamento General y demás disposiciones aplicables; Ii. Constancia de Compatibilidad Urbanística conforme al Código Urbano; Iii. Constancia de número oficial; Iv. Constancia de alineamiento, en la cual se enuncia si respeta lo referente a la vía pública según su ubicación; V. Constancia de factibilidad de energía eléctrica por parte de Comisión Federal de Electricidad, que indique la posibilidad de tener el servicio y conexión a la red pública y en caso de que así proceda certificación de derechos de paso de líneas de alta tensión; Vi. Constancia del organismo operador del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del municipio que corresponda, a través del cual se establece la posibilidad de otorgar el suministro de agua potable y conexión al sistema de alcantarillado municipal; Vii. Cuatro tantos del proyecto arquitectónico de la obra, los planos a escala, debidamente acotados y especificados en los que se deberá incluir como mínimo las plantas arquitectónicas de distribución, cortes, el corte sanitario, las fachadas, la localización de la construcción dentro del predio y en los que se indicará el uso para el cual se destinarán las distintas partes de la obra. El proyecto deberá cumplir con las dimensiones, iluminación, ventilación y orientación que cada giro requiera. Estos planos deberán estar firmados por un profesionista acorde a los estudios de arquitectura, ingeniería civil, ingeniero arquitecto ingeniero constructor o afín a la rama de la construcción, incluyendo número de cédula profesional, firmados asimismo por el propietario y el Director Responsable de Obra y el Corresponsable de Obra, en su caso; Viii. Cuatro tantos del proyecto estructural de la obra, con los planos de cimentación, estructurales, de detalles, debidamente acotados y especificados, acompañados de la memoria de cálculo que incluye el resumen del criterio, y sistema adoptado para el cálculo, debiendo considerar el tipo de construcción, suelo, coeficiente de sismicidad, proyecto de protección a colindancias y estudio de mecánica del suelo, cuando proceda, de acuerdo con lo establecido en este Reglamento General, podrá exigir cuando lo juzgue conveniente, la presentación de los cálculos completos para su revisión. Estos planos deberán estar firmados por un profesionista acorde a los estudios de arquitectura, ingeniería civil, ingeniero arquitecto, ingeniero constructor o afín a la rama de la construcción, incluyendo número de cédula profesional, firmados asimismo por el propietario y el Director Responsable de Obra y el Corresponsable de Obra, en su caso; Ix. Cuatro tantos del proyecto de instalaciones eléctricas, hidráulicas, sanitarias, planos isométricos, memorias de cálculo y de instalaciones especiales cuando así proceda, de acuerdo con lo establecido en este Reglamento General, podrá exigir cuando lo juzgue conveniente, la presentación de los cálculos completos para su revisión. Estos planos deberán estar firmados por un profesionista acorde a los estudios de arquitectura, ingeniería civil, ingeniero arquitecto, ingeniero constructor, ingeniero mecánico, ingeniero eléctrico o afín a la rama de la construcción, incluyendo número de cédula profesional, firmados asimismo por el propietario y el Director Responsable de Obra y el Corresponsable de Obra, en su caso; X. Ficha técnica de identificación de obra firmada por el Director Responsable de Obra o Corresponsable de Obra en su caso y el solicitante, en el formato oficial expedido por el municipio, que contendrá número de folio, fecha, nombre del proyecto, obra, ubicación, datos del cliente, domicilio para oír y recibir notificaciones, teléfono del propietario, superficie total, superficie del proyecto, superficie construida, modalidad de ejecución, nombre, domicilio, teléfono y correo electrónico del Director Responsable de Obra, número de Registro ante el Municipio, nombre del Corresponsable de Obra, número de registro del Corresponsable ante el Municipio, nombre, domicilio, teléfono y correo electrónico del Corresponsable; Xi. Recibo del impuesto predial emitido por la Autoridad Municipal; Xii. Manifestación catastral documento que dice de la inscripción catastral la cual contiene una clave con identificador codificado que define a una región, zona, manzana y predio, emitido por Catastro; Xiii. Documento que acredite la propiedad, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio; o documento de posesión pudiendo ser entre otros los siguientes: Escritura pública, escritura privada, Título Parcelario, Título de Solar Urbano, Título de Fraccionamiento, Certificado Parcelario y Constancia de Posesión; Xiv. Opinión técnica de la autoridad en materia de protección civil estatal y municipal sobre la certificación de inexistencia de riesgos, misma que será soportada en los estudios: a) De origen geológico: Sismicidad, vulcanismo, deslizamiento y colapso de suelos, deslaves, hundimiento regional, agrietamiento; flujo de lodo y otros definidos en los estudios específicos; b) De origen hidrometeorológicos: Lluvias torrenciales, trombas, granizadas, nevadas, inundaciones pluviales y lacustres, sequías, desertificación, depresión tropical, tormentas, huracanes, vientos fuertes, tormentas eléctricas y temperaturas extremas; c) De origen químico: Incendios, explosiones e implosiones y fugas de gas, de sustancias peligrosas y de productos radiactivos; d) De origen sanitario: Contaminación, epidemias, plagas y lluvia ácida; e) De origen socio organizativo: Concentraciones masivas de personas; interrupción y desperfecto en el suministro o la operación de servicios públicos y sistemas vitales; accidentes carreteros, ferroviarios, aéreos; y actos de sabotaje y terrorismo; Xv. Resolución de manifestación de impacto ambiental emitida por la Secretaría del Agua y Medio Ambiente o la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales según corresponda; Xvi. Certificación de zona federal derecho de vía para cauces de arroyos y cuerpos de agua, líneas de conducción de energía eléctrica, agua potable, alcantarillado, ductos, fibra óptica y otras que deban delimitar una zona de resguardo evitando su invasión; Xvii. Cuando se trate de obras o instalaciones ubicadas en sitios y monumentos históricos contemplados en la Ley Federal y la Ley de Protección, se requerirá la autorización previa del Inah y la Junta, dentro del ámbito de su respectiva competencia, y Xviii. Y otras autorizaciones tal es el caso de giros comerciales, impactos viales, urbanos y de paisaje que por razón de ubicación se requiera presentar ante la Autoridad Estatal y Municipal en materia de desarrollo urbano.
- Tiempo estimado: 3 días
Presencial
Corresponde a los Municipios establecer los requisitos necesarios para otorgar licencias
De construcción, en sus demarcaciones territoriales, a través de la Dirección de Obras
Públicas, en su caso, los siguientes:
I. Presentar solicitud por escrito, debidamente firmada, la que deberá acompañarse de los
Siguientes documentos:
A. Constancia de compatibilidad urbanística municipal;
B. Constancia de número oficial;
C. Constancia de alineamiento;
D. Constancias de factibilidad de energía eléctrica, de agua potable y drenaje;
E. Proyecto arquitectónico de la obra;
F. Proyecto estructural de la obra;
G. Ficha técnica de identificación de obra firmada por el Director Responsable de Obra o
Corresponsable de Obra;
H. Recibo del último pago del impuesto predial;
I. Manifestación catastral;
J. Documento que acredite la propiedad o posesión;
K. Certificación de inexistencia de riesgos emitida por protección civil;
L. Manifestación de impacto ambiental;
M. Delimitación de zona federal y derecho de vía; y
N. Autorizaciones necesarias por parte de otras dependencias gubernamentales, según
Sea el caso;
Ii. Satisfacer los requisito señalados en el Reglamento General y demás disposiciones
Legales aplicables; y
Iii. Cubrir el importe de los derechos que se causen por la expedición de la licencia, de
Conformidad con la Ley de Ingresos Municipal correspondiente.
En el caso de obras de infraestructura y equipamiento la presentación del proyecto integral
Ejecutivo.
Los requisitos de los proyectos a que se refieren los incisos e y f de la fracción I de este
Artículo, serán establecidos en el Reglamento General y demás disposiciones legales
Aplicables.
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Corresponde a los Municipios establecer los requisitos necesarios para otorgar licencias
De construcción, en sus demarcaciones territoriales, a través de la Dirección de Obras
Públicas, en su caso, los siguientes:
I. Presentar solicitud por escrito, debidamente firmada, la que deberá acompañarse de los
Siguientes documentos:
A. Constancia de compatibilidad urbanística municipal;
B. Constancia de número oficial;
C. Constancia de alineamiento;
D. Constancias de factibilidad de energía eléctrica, de agua potable y drenaje;
E. Proyecto arquitectónico de la obra;
F. Proyecto estructural de la obra;
G. Ficha técnica de identificación de obra firmada por el Director Responsable de Obra o
Corresponsable de Obra;
H. Recibo del último pago del impuesto predial;
I. Manifestación catastral;
J. Documento que acredite la propiedad o posesión;
K. Certificación de inexistencia de riesgos emitida por protección civil;
L. Manifestación de impacto ambiental;
M. Delimitación de zona federal y derecho de vía; y
N. Autorizaciones necesarias por parte de otras dependencias gubernamentales, según
Sea el caso;
Ii. Satisfacer los requisito señalados en el Reglamento General y demás disposiciones
Legales aplicables; y
Iii. Cubrir el importe de los derechos que se causen por la expedición de la licencia, de
Conformidad con la Ley de Ingresos Municipal correspondiente.
En el caso de obras de infraestructura y equipamiento la presentación del proyecto integral
Ejecutivo.
Los requisitos de los proyectos a que se refieren los incisos e y f de la fracción I de este
Artículo, serán establecidos en el Reglamento General y demás disposiciones legales
Aplicables.
Costos
El pago se realiza previo al inicio del trámite.
En las oficinas de la dependencia
Dirección. Av. Colegio Militar #96 Ote. Colonia Centro, Gpe. Zac.
Banco comercial
Se genera una referencia de pago. Banco Santander.
En línea
Se genera una referencia de pago para el Banco Santander y se adjunta en Pdf en el espacio que le corresponde.
Tiempo
El plazo del Sujeto Obligado para resolver es de 30 días naturales.
Presidencia Municipal de Guadalupe
Av. H. colegio Militar 96 Oriente
Colonia Guadalupe Centro
Guadalupe, Zacatecas
Tel. 01 492 354 92, 93, 94 EXT 326
Abierto al Público : Lunes a Viernes de 8:00 am – 3:30 pm
Información Relevante
Personas relacionadas
Vigencia
Criterios de Resolución
Fundamento legal de Información General
| Nombre | Reglamento General de la Ley de Construcción para el Estado y Municipios de Zacatecas. |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 23-08-2017 |
| Fecha de entrada en vigor | 24-08-2017 |
| Artículo | Art. 92 |
Fundamento legal de Plazos
Ficha Negativa
| Nombre | Ley de Procedimientos del Estado de Zacatecas |
| Ámbito | Estatal |
| Tipo | Ley |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 03-01-2011 |
| Fecha de entrada en vigor | 04-01-2011 |
| Artículo | Artículo 34 |
Plazo del Sujeto Obligado para resolver
| Nombre | Ley de Procedimientos del Estado de Zacatecas |
| Tipo | Ley |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 03-01-2011 |
| Fecha de entrada en vigor | 04-01-2011 |
| Artículo | 34 |
Fundamento legal de Información Relevante
Acreditación
| Nombre | Ley de Construcción para el Estado y Municipios de Zacatecas. |
| Tipo | Reglamentos administrativos |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 23-08-2017 |
| Fecha de entrada en vigor | 24-08-2017 |
| Artículo | Artículo 15 |
| Fracción | Fracción III |
Fundamento legal de Inspección
Casos específicos
| Nombre | LEY DE CONSTRUCCIÓN PARA EL ESTADO Y MUNICIPIOS DE ZACATECAS |
| Tipo | Ley |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 01-06-2016 |
| Fecha de entrada en vigor | 02-06-2016 |
| Artículo | 28 |
Fundamento legal de Inspección
Casos específicos
| Nombre | LEY DE CONSTRUCCIÓN PARA EL ESTADO Y MUNICIPIOS DE ZACATECAS |
| Tipo | Ley |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 01-06-2016 |
| Fecha de entrada en vigor | 02-06-2016 |
| Artículo | 28 |
Fundamento legal de Inspección
| Nombre | Art. 92 del Reglamento General de la Ley de Construcción para el Estado y Municipios de Zacatecas. |
| Tipo | Reglamentos administrativos |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 23-08-2017 |
| Fecha de entrada en vigor | 24-08-2017 |
| Artículo | Artìculo. 92 |
